FGR rechaza detener a Rocha Moya: falta de pruebas en solicitud estadounidense

La Fiscalía General de la República argumenta que la solicitud de Estados Unidos carece de fundamentos jurídicos sólidos para ejecutar una detención provisional del gobernador de Sinaloa

Culiacán, Sinaloa a 01 de mayo de 2026.- Las autoridades federales mexicanas han frenado la ejecución de capturas solicitadas por la Fiscalía Federal del Distrito Sur de Nueva York en contra de diez ciudadanos mexicanos, entre los que se encuentra el gobernador Rubén Rocha Moya. La decisión se sustenta en argumentos técnicos y legales que distinguen entre procedimientos de carácter provisional y extradiciones formales.

Raúl Jiménez Vázquez, titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial, precisó que el requerimiento estadounidense no constituye un trámite de extradición formal, sino una solicitud para aplicar medidas cautelares de detención provisional con el propósito de evitar que los acusados eludan la justicia durante la preparación del juicio.

Conforme a los tratados internacionales suscritos entre ambas naciones, específicamente el Artículo 11 del Tratado de Extradición Bilateral y el Artículo 17 de la Ley de Extradición Internacional, este tipo de medidas restrictivas de derechos fundamentales requieren que la autoridad requirente demuestre con contundencia la urgencia imperiosa de actuar. En el presente caso, los funcionarios federales determinaron que la documentación remitida desde Estados Unidos carece de los elementos probatorios, justificantes y evidencias necesarias para acreditar tal urgencia.

«El documento enviado por Estados Unidos carece de motivos, fundamentos o evidencias que justifiquen la urgencia de la medida»

Por su parte, un proceso de extradición formal constituye un procedimiento significativamente más complejo y prolongado. Esta vía involucra la participación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Poder Judicial y requiere que un juez de control emita un dictamen jurídico previo. Posteriormente, la Cancillería debe emitir una resolución final y determinante. Incluso después de que se conceda la extradición, los acusados cuentan con el derecho de interponer un amparo indirecto, lo que impide una entrega inmediata y somete el procedimiento a cronogramas procesales que no permiten compromisos de tiempo acelerado.

Este caso adquiere relevancia especial en el contexto político de Sinaloa, entidad donde la gobernabilidad y la seguridad constituyen temas de máxima importancia para la ciudadanía. Cualquier señalamiento en contra de funcionarios públicos genera repercusiones políticas y sociales significativas en la región.

Desde la perspectiva de la Fiscalía Federal mexicana, la exigencia de pruebas suficientes y confiables refuerza el principio de soberanía nacional y respeta el debido proceso establecido por la ley. Los funcionarios han subrayado que no pueden actuar únicamente basándose en acusaciones carentes de sustento jurídico sólido, estableciendo así un precedente importante para futuras solicitudes provenientes del extranjero.

«Nada ni nadie puede estar por encima de la ley ni de la soberanía nacional»

Mientras tanto, la representación diplomática estadounidense en México enfatiza que los cargos imputados por narcotráfico y tráfico de armas constituyen un ejercicio legítimo de rendición de cuentas. Sin embargo, México mantiene una postura fundamentada en el cumplimiento estricto de la legalidad y los protocolos internacionales establecidos.

La Fiscalía General de la República ha solicitado confidencialmente a las autoridades de Washington que presenten las evidencias y argumentos jurídicos que sustenten la solicitud antes de que México adopte una posición institucional definitiva respecto al asunto. Estos canales de comunicación permanecen abiertos mientras se evalúan los fundamentos legales del caso.